Se ha recibido confirmación de la Comisión Nacional del Mercado de Valores de España de que no ha autorizado a ninguna entidad a realizar una oferta inicial de monedas (ICO).
La CNMV publicó una notificación oficial el 26 de marzo , destacando que el regulador no había aprobado la evaluación ni la revisión de ningún proyecto de ICO.
El regulador hizo hincapié en que cualquier documento compartido con los potenciales inversores de la Oferta Inicial de Monedas debe incluir una cláusula de exención de responsabilidad que aclare que no ha sido sometido a ningún tipo de revisión por parte de ellos ni de ningún otro organismo regulador.
La documentación relacionada con las ICO que afirme haber sido revisada por dicha agencia se considerará inapropiada. La CNMV añadió que, desde entonces, su autoridad regulatoria se ha limitado a confirmar que las ventas de tokens que no cumplen ciertos objetivos no reciben la aprobación regulatoria. Esto se aplica a los tokens considerados valores.
El límite establecido para estas ventas es la emisión de tokens por un valor inferior a cinco millones de euros, con un objetivo de menos de ciento cincuenta inversores. En algunos casos, el límite se especifica en términos de inversión, con un importe mínimo de cien mil euros.
El regulador afirmó en el informe difundido por los medios que esta decisión no se basa en el hecho de que las empresas de inversión puedan estar obligadas a participar en cumplimiento de ciertas regulaciones del mercado español. Según se informa, la CNMV ha añadido veintitrés empresas de criptomonedas a su lista de vigilancia.
Las autoridades españolas niegan haber permitido la ICO