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El estado estadounidense de Connecticut aprueba una ley que prohíbe la inversión estatal en Bitcoin

En esta publicación:

  • Connecticut aprobó la ley HB-7082 para prohibir al estado invertir en Bitcoin (BTC) o cualquier otra moneda virtual.
  • La ley también estipuló que las aplicaciones de pago que manejan criptoactivos en el Estado deben a partir de ahora verificar el consentimiento de los padres para los usuarios menores de 18 años.
  • El proyecto de ley requería que las empresas que realizaban transferencias de dinero en Connecticut proporcionaran información y recibos específicos para estas transacciones.

Connecticut aprobó la ley HB-7082, que prohíbe al estado aceptar, mantener o invertir en Bitcoin y otros activos digitales. El proyecto de ley fue aprobado por unanimidad en la Cámara de Representantes y el Senado e introdujo nuevos requisitos para que las agencias de remesas relacionadas con criptomonedas verifiquen el consentimiento parental de los usuarios menores de 18 años.

El proyecto de ley, oficialmente titulado "Ley sobre la Regulación de las Monedas Virtuales y las Inversiones Estatales", impuso una prohibición total a los gobiernos estatales y locales de invertir en criptoactivos. Además de las transferencias de dinero, el proyecto de ley prohibía a Connecticut y sus subdivisiones políticas aceptar o exigir pagos en forma de moneda virtual, así como comprar, mantener, invertir en o establecer una reserva de moneda digital. También estipulaba que las empresas de criptomonedas debían cumplir estrictamente con las normas contra el lavado de dinero (AML).

El proyecto de ley también regula el acceso de menores a ciertas aplicaciones de intercambio de dinero, imponiendo restricciones y obligaciones a dichas empresas. Prohíbe, en general, a cualquier empresa, a partir del 1 de octubre de 2025, permitir que cualquier persona patrocine, abra o establezca una cuenta de aplicación de intercambio de dinero para un menor, a menos que la empresa reciba una certificación de la persona que declare ser el padre o la madre del menor.

HB7082 impone dos restricciones a la custodia y control de las criptomonedas 

La nueva ley impuso dos restricciones al manejo de criptomonedas por parte de empresas que se dedican a la transmisión de dinero dentro de Connecticut mediante la recepción, el envío, el almacenamiento o el mantenimiento de la custodia o el control de moneda virtual.

En primer lugar, prohibió a las empresas vender, transferir, ceder, prestar, hipotecar, pignorar o, de cualquier otra forma, usar o gravar la moneda virtual almacenada, mantenida, controlada, mantenida por o bajo la custodia o control de la empresa en nombre de una persona, excepto para la venta, transferencia de propiedad o cesión por orden de esta. En segundo lugar, limitó las disposiciones de la ley vigente que autorizan a estas empresas relacionadas con criptomonedas a utilizar agentes designados para prestar servicios de transferencia de dinero en su nombre. 

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Sin embargo, independientemente de las autorizaciones vigentes, el proyecto de ley también prohibía a las empresas utilizar o contratar, directa o indirectamente, a cualquier otra persona, incluido un de moneda virtual , para almacenar o custodiar moneda virtual para o en nombre de un cliente, a menos que la otra persona fuera un transmisor de dinero autorizado, un banco o cooperativa de crédito cualificado, o estuviera autorizado por el comisionado bancario para ello. El proyecto de ley defi a un "proveedor de servicios de control de moneda virtual" como alguien que controla moneda virtual en virtud de un acuerdo con otra persona que asume el control de dicha moneda en nombre de un tercero.

Según la legislación vigente, las empresas que realizaban transferencias de dinero en Connecticut mediante la recepción, el envío, el almacenamiento o la custodia o el control de criptomonedas en nombre de otra persona debían mantener en todo momento activos digitales del mismo tipo y monto adeudados u obligados a la otra persona. El proyecto de ley también especificaba que esta moneda virtual constituía un derecho de propiedad de cualquier demandante contra las empresas de criptomonedas, de forma proporcional y por el tipo y monto al que tuvieran derecho, independientemente de cuándo adquirieran el derecho o de cuándo las empresas obtuvieran el control.

La ley de Connecticut exige que las empresas de criptomonedas divulguen los datos de las transacciones 

La nueva ley exigía a las empresas dedicadas a la transferencia de dinero en Connecticut que proporcionaran información y recibos específicos para estas transacciones. Sin embargo, el proyecto de ley autorizaba al comisionado bancario a eximir cualquiera de estos requisitos y aprobar una información o recibo alternativo propuesto por una empresa de criptomonedas si determinaba que esta era más adecuada para la empresa y ofrecía la misma información y protección al público.

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A falta de una divulgación alternativa aprobada, el proyecto de ley exigía a las empresas proporcionar varias divulgaciones antes de realizar una transacción de criptomonedas para, en nombre de, o con una persona. En concreto, las empresas debían revelar claramente los detalles relevantes en la medida en que fueran aplicables a la transacción. 

La nueva ley de Connecticut también exige a las empresas que entreguen recibos específicos una vez finalizadas las transacciones. El recibo debe incluir el nombre de la empresa, su información de contacto y una descripción de cómo se puede hacer una pregunta o presentar una queja. Los detalles también incluyen el tipo de transacción, la fecha, la hora exacta y el valor en dólares estadounidenses, así como cualquier contraprestación cobrada por la empresa, incluyendo cargos, tarifas o comisiones, y la diferencia entre el precio pagado por la persona por la moneda virtual y su precio de mercado vigente.

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